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La Ley 20.393 establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en Chile, marcando un hito al responsabilizar a empresas e instituciones por ciertos delitos cometidos en su beneficio. Este marco legal no solo refuerza el cumplimiento de los compromisos internacionales de Chile, como la Convención de la OCDE contra el Cohecho, sino que promueve la transparencia y la ética empresarial.
¿ QUÉ DELITOS ABARCA LA LEY 20.393 ?
La normativa se aplica a delitos específicos cometidos para obtener una ventaja económica:
- Delitos económicos
- Cohecho a funcionarios públicos nacionales y extranjeros
- Lavado de activos
- Otros delitos relacionados con corrupción
CONDICIONES PARA LA RESPONSABILIDAD PENAL
Para que una persona jurídica sea penalmente responsable, se deben cumplir tres condiciones clave:
- Beneficio directo o indirecto para la organización
- Vinculación de los hechos a los representantes legales, ejecutivos o empleados
- Falta de supervisión o implementación de medidas preventivas
En consecuencia, la responsabilidad de la persona jurídica dependerá del tratamiento que ha tenido el hecho con anterioridad a la conducta delictiva, específicamente si se ha implementado un programa de cumplimiento, sistema o modelo de prevención de delitos (compliance).
Por otra parte, también se pueden aplicar sanciones penales a personas naturales involucradas a este tipo de delitos mientras actúan mediante a una persona jurídica. Entre estas sanciones, podemos encontrar:
- Penas de cárcel: Dependiendo del delito, pueden ir desde presidio menor en su grado mínimo (61 días) hasta presidio mayor en su grado máximo (20 años o más).
- Multas económicas: Pueden ser aplicadas a título personal, además de las multas impuestas a la empresa.
- Inhabilitación para ejercer cargos públicos o directivos: Si la persona natural es condenada, puede perder el derecho a desempeñar funciones directivas en empresas o entidades públicas.
- Prohibición de contratar con el Estado: En casos graves, la persona puede quedar impedida de trabajar con instituciones gubernamentales.
MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS
La ley permite a las empresas demostrar la adopción de un Modelo de Prevención de Delitos como medio para eximir la responsabilidad penal. Este modelo debe incluir:
- Designación de un encargado de cumplimiento con autonomía y facultades específicas para la prevención
- Definición de medios y facultades del encargado de prevención para realizar sus funciones de manera efectiva.
- Sistema de prevención, que abarca:
a. Detección de riesgos en actividades y procesos de la entidad.
b. Identificación de los responsables de los riesgos.
c. Procedimientos de administración y auditoría financiera para prevenir delitos.
d. Protocolos y códigos de conducta, incluyendo estándares y sanciones.
e. Implementación de un sistema de denuncias internas para reportar, investigar y sancionar irregularidades.
f. Existencia de canales seguros de denuncia, la capacitación de los colaboradores; y la realización de evaluaciones periódicas por terceros independientes
- Supervisión y certificación periódica del modelo para asegurar su efectividad y actualización.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO
Las sanciones incluyen multas, suspensión de actividades, prohibición de contratos con el Estado e incluso la disolución de la entidad en los casos más graves. Estas buscan ser proporcionales y disuasivas, asegurando el respeto a la legalidad.
IMPACTO EN EL SECTOR EMPRESARIAL
Adoptar mecanismos de compliance no solo mitiga riesgos legales y sanciones, sino que refuerza la reputación corporativa, generando confianza entre clientes, autoridades y socios, alineándose con estándares internacionales de buena gobernanza, favoreciendo así las relaciones comerciales.
Para más información o consultas sobre cómo implementar un modelo preventivo, nuestro equipo legal está disponible para asistir.
